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Los contribuyentes deberán prepararse para la facturación electrónica que será obligatoria desde el 29 de noviembre

Según la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, quienes cuenten con un Registro Único de Contribuyente (RUC) y emitan facturas deberán hacerlo de manera electrónica desde el 29 de noviembre.

Estarán libre de está obligación los que pertenecen al Régimen Simplificado para Emprendedores de Negocio Populares (RIMPE), es decir, quienes tienen ingresos brutos de hasta 20.000 dólares al año.

El Servicio de Rentas Internas pone a disposición de los pequeños y medianos contribuyentes el facturador electrónico gratuito que cumple las funciones de generar, firmar electrónicamente y enviar sus comprobantes para la autorización por parte del SRI, como también de una visualización amigable de la representación impresa del documento electrónico (Ride). Los comprobantes que pueden emitir son: factura, nota de crédito, nota de débito, guía de remisión y comprobante de retención.

¿Qué necesita para solicitar la facturación electrónica?

Estar al día en todas las obligaciones tributarias; tener un convenio de débito bancario en el SRI; obtener una firma electrónica certificada; y solicitar la autorización para emitir factura electrónica para período de pruebas, a través del portal web del SRI en línea.

¿Qué requisitos debo tener para emitir un documento electrónico?

  • Firma electrónica
  • Software que genere comprobantes electrónicos (puede ser propio o se puede utilizar la herramienta de comprobantes electrónicos de uso gratuito)
  • Conexión a Internet
  • Clave de acceso a SRI en Línea
  • Convenio de débito registrado